martes, 21 de septiembre de 2010

¿QUE ES?

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Con las emisiones en digital se necesitará menos espectro radioeléctrico para emitir en digital el equivalente de los programas emitidos en analógico. Se puede definir el dividendo digital como el espectro radioeléctrico sobrante que queda disponible después de acomodar en digital los servicios de televisión analógica existentes en la banda de UHF (470 – 862 MHz).

En principio se pueden plantear dos posibles usos del dividendo digital: mayores y mejorados servicios de radiodifusión y servicios de comunicaciones electrónicas. La UIT y las instituciones comunitarias están adoptando decisiones para que la subbanda de frecuencias de 790 a 862 MHz., pueda ser utilizada para otros usos como las comunicaciones móviles.

En España se ha adoptado Real Decreto estableciendo que, a más tardar el 1 de enero del año 2015, la subbanda de frecuencias de 790 a 862 MHz quede reservada de manera íntegra para otros usos y servicios como los de banda ancha en movilidad.

Entre las ventajas que aporta el dividendo digital se puede citar el incremento tanto la oferta de servicios de televisión digital terrestre y su evolución a la televisión de alta definición, como la prestación de la TDT en movilidad como la prestación de nuevos servicios de banda ancha en movilidad permitiendo una gran cobertura tanto en zonas urbanas como rurales, lo que supone avanzar significativamente en la reducción de la denominada “brecha digital” y lograr un desarrollo económico y social más uniforme a lo largo del territorio español. Asimismo, permite aumentar la competencia en el mercado de los servicios móviles, incrementar la oferta de nuevos servicios innovadores, mejorar la calidad y reducir los precios para las empresas y ciudadanos en general.

Según la CE, el valor incremental de usar el dividendo digital para servicios móviles de banda ancha se estima que en España sería de entre 12.000 y 16.000 M€ en los próximos 20 años. Nos enfrentamos al reto de liberar la sub-banda de 790 a 862 Mhz, tras el apagado analógico del 3 de abril de 2010.

Para la consecución de este reto será necesaria la puesta en marcha, entre otras, de las siguientes medidas:

R4.M.1. Puesta a disposición de la sub-banda 790-862 Mhz para la prestación de servicios avanzados de comunicaciones electrónicas a más tardar el 1 de enero de 2015, tal y como se recoge en el proyecto de Ley de Economía Sostenible.



Plan Avanza
Estrategia 2011 - 2015

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